Toledo ciudad de Concilios, Sitios, Cortes y Tratados

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Asedio del Alcázar de Toledo. Sitio  puesto a este edificio toledano por las fuerzas republicanas durante la guerra civil  española (julio a  septiembre 1936). Al quedar  la ciudad en poder de las tropas gubernamentales, las fuerzas nacionalistas (formadas en su mayoría por guardias civiles),  acompañadas por familiares y con algunos  rehenes, al mando del coronel Moscardó,  se refugiaron en el Alcázar (22 julio) y resistieron los sucesivos ataques republicanos  hasta su liberación por las fuerzas del general Varela (28 septiembre), que hubieron  de retrasar su avance hacia Madrid para  acudir en socorro de los sitiados.    

Concilios de Toledo. Asambleas mixtas político religiosas que se convirtieron  en el principal organismo legislativo y de  gobierno del pueblo visigodo. Adquirieron  este carácter a partir del III Concilio (589)  y lo mantuvieron hasta el último (XVIII  Concilio toledano). Sin embargo, varias  asambleas del período intermedio (IX, XI,  XIV y XVI) carecieron de función política  y de gobierno al ser concilios provinciales  y no afectar al conjunto del reino. Los dos  primeros tampoco tuvieron carácter político y fueron reuniones del tipo que desde  la época romana realizaban los obispos de  Hispania.

La situación cambió a partir del  tercero. Organizado y dirigido por San  Leandro, en él se realizó la conversión pública de Recaredo al catolicismo; de esta  forma el rey visigodo buscó la sanción de la Iglesia a su cambio de credo y pretendió  además integrar en el gobierno del reino a  los hispanorromanos, representados por la Iglesia. Con el IV Concilio (633), promovido por San Isidoro, se avanzó hacia la  regularización de la institución y se estableció su doble competencia político religiosa. En el canon 75 se reguló claramente  el carácter electivo de la monarquía. El rey Sisenando, por su parte, quiso que se convocara este concilio para legalizar su acceso  violento al poder.
El Alcázar, bombardeado por los republicanos en 1936

Los Concilios V (636) y  VI (638), convocados en tiempos del rey  Khintila y con la presencia de San Braulio,  corresponden a una etapa de decadencia de  la institución, carecieron de importancia  y fueron en el aspecto legislativo meros continuadores de las disposiciones del cuarto. 

El Concilio VII (646) representa la culminación de esta etapa de decadencia y Abadal  no duda en calificarlo de seudo concilio; en  realidad se convocó con el único propósito  de consolidar la tiranía usurpadora de  Khindasvinto y de legalizar la represión  de sus oponentes. La institución entró en  una etapa de revitalización con el VIII  Concilio (653), convocado por Recesvinto;  acudieron muchos prelados, y en él se trató  de la necesidad de una amnistía para los  perseguidos en tiempo de Khindasvinto, se  reguló de nuevo el principio electivo de la  monarquía y se intentó frenar los abusos  realizados por la realeza con los bienes  públicos. El Concilio X (656), de carácter  general también, careció de importancia. 

El XII Concilio (681) fue convocado por  Ervigio y presidido por San Julián; en  esencia sirvió para legalizar el golpe de  Estado que había depuesto a Varnba y significó un cambio de rumbo respecto a la  doctrina isidoriana que había presidido las  demás asambleas: se legalizó el principio  no electivo para la sucesión al trono y se  decretó la persecución de los judíos. Poco  después Ervigío convocó un nuevo Concilio (XIII, 683), de asistencia masiva, en el  que se intentó frenar la arbitrariedad real,  dar más poder político al Concilio y satisfacer los intereses contrapuestos de las dos  facciones políticas del momento (Vamba - Egica por una parte y Ervigio por otra). 

El XV Concilio (688) fue un simple instrumento al servicio de Égica y su política,  y los Concilios XVI (693) y XVII (694)  tuvieron carácter eminentemente represivo.  El primero contra el obispo de Toledo Sisberto, acusado de haber roto la fidelidad  debida al rey, y el segundo contra los judíos  hispanos (se decretó la confiscación de sus  bienes). Las actas del Concilio XVIII (702)  se han perdido.

En conjunto fue una institución con una clara vertiente política, teóricamente de convocatoria anual desde el  IV Concilio, pero por sus mismas implicaciones políticas estuvo sometida a las irregularidades y vaivenes del poder, y por  tanto en función siempre de los intereses  políticos de la monarquía. En consonancia  con la estructura del reino visigodo (gobierno de una superestructura militar minoritaria), los concilios fueron controlados  por una minoría de altas jerarquías eclesiásticas y nobiliarias escasamente vinculadas a la mayoría de población hispano  romana de la Península, y este mismo  divorcio de intereses explicaría en gran  parte la catástrofe de 711.      

Cortes de Toledo. Cortes celebradas en  esta ciudad, en 1480, por los Reyes Católicos. Durante las mismas se aprobaron una  serie de disposiciones y normas tendentes  a afianzar el poder real y la centralización  administrativa sobre la nobleza y las ciudades respectivamente. Entre otras cosas se  reorganizó el Consejo Real como órgano  consultivo y tribunal supremo, y se procedió a la creación de Ayuntamientos y al  nombramiento de corregidores.   


Tratado de Toledo. Alianza firmada en  esta ciudad en 1368  entre Enrique II de Castilla y Carlos V de Francia contra Pedro I  el Cruel. Entre otras cosas se nombró a  Carlos V de Francia árbitro para poner fin  a las rivalidades fronterizas entre Castilla  y Aragón. Este tratado señala e] inicio del  sistema de alianzas franco castellanas que  perduró hasta los Reyes Católicos.